En el BOE del día 27 de mayo se ha publicado el Real Decreto-ley 17/2020 por el que se adoptan medidas complementarias en materia tributaria, con efectos desde el 28 de mayo de 2020, entre las que destacan el aumento a cuatro meses del periodo de aplazamiento de impuestos para pymes y autónomos sin intereses, se permite que aquellas sociedades que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes de que termine el plazo de declaración de este Impuesto, puedan presentarla con las cuentas disponibles en ese momento. También se habilita un régimen especial para presentar otra declaración, sin recargos, cuando las cuentas anuales se hayan podido aprobar. Y por lado se establece el retraso excepcional a septiembre de 2020 de la publicación del listado de deudores a la Hacienda Pública, y la exención en AJD de las escrituras de formalización de diferentes moratorias…
May, 2020
